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Información de Trámites

Departamento de Administración Académica

Solicitud de equivalencias

Las solicitudes de equivalencias podrán ser presentadas para su tramitación en los siguientes períodos: ABRIL - MAYO y SEPTIEMBRE - OCTUBRE para los estudiantes regulares de la UNLu y durante el período de inscripción para los aspirantes.
Únicamente se tramitarán solicitudes de equivalencias por asignaturas dictadas en universidades nacionales, privadas con reconocimiento definitivo o institutos universitarios dependientes de ellas, o de Universidades extranjeras con las que se haya suscripto convenio.
Se podrán considerar solicitudes de equivalencias presentadas por estudiantes provenientes de institutos de nivel terciario no universitario, las que, en caso de obtener dictamen favorable de equivalencia, serán otorgadas PREVIO COLOQUIO.

Requisitos documentarios: las solicitudes se presentarán, por única vez, en Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo de la Universidad, adjuntando la siguiente documentación, sin raspaduras ni enmiendas:

  1. Nómina de asignaturas del Plan de Estudios de la carrera en la que se ha inscripto cuya aprobación solicita por equivalencia.
  2. Certificado de materias aprobadas de la Universidad de origen en el que consten las respectivas calificaciones con fecha de aprobación, libro y folio y su escala numérica y/o conceptual.
  3. Plan de Estudios y programa analítico de las asignaturas, con la nómina de trabajos prácticos y/o de campo, bibliografía y carga horaria.
  4. Certificado de cancelación de inscripción en la Universidad de origen, si se tratara de una institución privada.

Toda la documentación detallada deberá estar autenticada por la Universidad de origen.

Tramitación: la documentación detallada será constatada por la Dirección General de Asuntos Académicos remitida a la Coordinación de la Carrera en la que el estudiante solicita equivalencias. El coordinador de la carrera, previo análisis de la documentación presentada, derivará el trámite a los Departamento académicos, quienes a través de los Jefes de División de cada asignatura emitirán dictamen fundamentado, de manera que las solicitudes se resuelvan previo al comienzo del cuatrimestre siguiente al del inicio del trámite.
El Dictamen de los Departamentos Académicos será remitido a la Coordinación de la Carrera respectiva que lo elevará a la Dirección General de Asuntos Académicos para su resolución final.
A los efectos de obtener cualquiera de los títulos académicos expedidos por la Universidad Nacional de Luján, se exigirá, como mínimo, haber rendido y aprobado el cuarenta por ciento (40%) de las asignaturas que componen el Plan de Estudios de la carrera respectiva en esta Universidad. Si el estudiante estuviese en condiciones de obtener más del sesenta por ciento (60%) de las asignaturas aprobadas por equivalencia, la Coordinación de la Carrera dictaminará cuales son las asignaturas que integran o que están incluidas en dicho porcentaje.

Consideración de equivalencias: quedará sujeta a los siguientes requisitos:

  1. Sólo se otorgarán por equivalencias aquellas asignaturas que cumplan con el requisito de tener aprobadas por sí, o por dictamen de equivalencia, todas las asignaturas que conforman la línea de correlatividades previas a la que se está tramitando.
  2. No podrán tramitarse equivalencias parciales, ni se reconocerán equivalencias sobre asignaturas que a su vez hubieran sido aprobadas por equivalencia anteriormente.
  3. Para otorgar la aprobación por equivalencias será necesario determinar que se ha cubierto el setenta y cinco (75%) o más de los contenidos y los objetivos de formación exigidos por la UNLu para la asignatura en cuestión.
  4. Sólo se considerarán para el otorgamiento de equivalencias aquellas asignaturas aprobadas dentro de los diez (10) años anteriores a la solicitud, salvo recomendación expresa en contrario efectuada por la Comisión de Plan de Estudios de la Carrera.

Los dictámenes de los docentes deberán limitarse a recomendar la aprobación o desaprobación de la equivalencia, determinando si el porcentaje estipulado en el inciso c) se ha cubierto. A partir de ellos la Coordinación de la Carrera emitirá dictamen definitivo. En esta instancia, podrán denegarse las equivalencias de asignaturas que, a pesar de tener dictamen favorable, no cumplan con los prerrequisitos de correlatividades exigidas por el Plan de Estudios.
Mientras no se resuelva definitivamente sobre las equivalencias solicitadas, el estudiante no podrá cursar ni rendir asignaturas, seminarios o talleres que requieran como correlativas las que se encuentran en trámite.
Cualquier cuestión concerniente a equivalencias de asignaturas no contemplada en el presente, será dirimida por la Secretaría Académica, previo dictamen de la Coordinación de la Carrera respectiva.

Reválida de Títulos Extranjeros

Las tramitaciones de Reválidas de Títulos Universitarios de Carreras de Grado o nivel equivalente otorgados por Instituciones Extranjeras serán consideradas de acuerdo a lo reglamentado en la Resolución RESHCS-LUJ: 0000657/13.

Solicitudes de inscripción en asignaturas como Alumnos Vocacionales

Condiciones generales: La solicitud se presentará en el Departamento de Administración Académica para su tramitación en las fechas previstas para la inscripción en asignaturas de cada cuatrimestre. En ella se dejará constancia de la condición invocada por el aspirante y se girará a la Unidad Académica respectiva para requerir el conforme del docente responsable del curso.
Una vez aceptado como alumno vocacional, éstos tendrán los mismos deberes y obligaciones que los estudiantes regulares.
Concluida la cursada el docente responsable enviará a la Dirección General de Asuntos Académicos, la nómina de alumnos vocacionales con la calificación obtenida para su registro y certificación extracurricular.

Condiciones particulares: podrán cursar asignaturas como alumnos vocacionales

  1. Docentes y personal técnico – administrativo y de maestranza: la constatación de su condición se requerirá a la Dirección General de Recursos Humanos.
  2. Graduados: la constatación se realizará con la presentación de fotocopia del título universitario. La misma se adjuntará al trámite.
  3. Alumnos: deberán ser estudiantes regulares de la/s carrera/s en que se encuentran inscriptos, con dos (2) cuatrimestres aprobados. Y las asignaturas a cursar no deben pertenecer al Plan de Estudios de la/s carrera/s en que se encuentren inscriptos.

El cursado vocacional de asignaturas no exige ni amerita validación académica previa ni posterior a su cursado

Cambio y Simultaneidad de Carrera

En las fechas establecidas en el Calendario Académico se habilitará automáticamente el formulario de solicitud desde Servicios Académicos Web - Acceso para estudiantes.
Condición específica para solicitar Simultaneidad: el estudiante podrá realizar la solicitud una vez aprobadas las actividades académicas correspondientes a los dos primeros cuatrimestres de la carrera de origen.

NOTA: En todo tipo de tramitación se debe adjuntar copia del DNI para acreditar identidad.

Departamento de Títulos

Solicitud de Título

Trámite de solicitud de título para carreras de Grado y Pregrado:

Online

Podrá iniciar el trámite de título sin necesidad de venir hasta la Sede Central, a través de SERVICIOS ACADÉMICOS WEB.
No se deberá tramitar libre deuda de biblioteca ni traer documentación alguna.

Una vez que ingresa con usuario y contraseña en Servicios Académicos Web, ir a solicitudes. Allí verá distintas solicitudes que puede realizar; seleccionar solicitud de título, corroborar sus datos personales y agregar el o los título/s que desea solicitar, luego confirmar.
Posteriormente recibirá varios mails. Léalos atentamente, en uno de ellos recibirá un nuevo usuario y clave junto a un link para completar la solicitud de títulos.
Una vez finalizadas las encuestas, y que reciba el mail que el trámite ha finalizado podrá emitir el Certificado de Título en Trámite a través de su perfil académico en la solapa Certificados - Título en Trámite.

Trámite de solicitud de título para carreras de Posgrado:

Podrá iniciar el trámite de título sin necesidad de venir hasta la Sede Central, a través del SISTEMA DE GESTIÓN DE POSGRADO

Una vez que ingresa al sistema con usuario y contraseña, deberá ir a la solapa "Trámites", y allí seleccionar "Solicitar Constancias y Certificados", generar una "Nueva Solicitud" desplegando y eligiendo "Solicitud de título".
Tenga en cuenta encontrarse con el perfil correspondiente a la Propuesta en cuestión. Si desea cambiar de propuesta podrá realizarlo desde el margen superior derecho "Propuesta".
Posteriormente recibirá varios mails. Léalos atentamente, en uno de ellos recibirá un nuevo usuario y clave junto a un link para completar la solicitud de títulos.
Una vez finalizadas las encuestas, recibirá en su correo electrónico el Certificado de Título en Trámite.

Se le comunicará por mail el momento en que deberá retirar su diploma, ya sea en el Departamento de Graduados para los intermedios o en Colación de Grado para los títulos de Grado, Pregrado y Posgrado.

Duplicado de Título

Causales de solicitud de duplicado y constancias a presentar

  1. Modificación de nombre y apellido motivada por razones civiles, en cuyo caso deberá presentar constancia de la sentencia judicial respectiva que así lo haya dispuesto, o encontrarse encuadrado dentro de los términos de la Ley N° 26743 que establece el derecho a la identidad de género de las personas.
  2. Estado de deterioro que haga imposible su lectura o que se hallen afectadas sus constancias esenciales. Se deberá, en estos casos, acompañar el diploma y/o título original para su archivo en el legajo del interesado, previa su inutilización.
  3. Destrucción total, robo o extravío en cuyo caso se deberá presentar una nota con carácter de Declaración Jurada acompañada de denuncia policial, en caso de robo o hurto, o ante el Registro Nacional de las Personas, en caso de pérdida o extravío.

Procedimiento

El interesado deberá presentar una solicitud del duplicado del diploma y/o título que corresponda adjuntando la documentación ante el Departamento de Títulos dependiente de la Dirección General de Asuntos Académicos (en adelante DGAA) donde se procederá al control de la misma. De estar correcta, se formará expediente a través de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo.

La Dirección de Administración Académica, en caso de considerarlo necesario, elevará las actuaciones al Departamento de Asuntos Jurídicos a fin que, por su intermedio, el interesado formule una declaración testimonial que permita demostrar fehacientemente las causales que enuncia y emitirá dictamen probatorio. Una vez emitido el dictamen, se enviará el expediente al Departamento de Títulos dependiente de la DGAA, a fin de entender en la emisión o no del diploma y/o título correspondiente - según los plazos establecidos para tal fin por las reglamentaciones vigentes del Ministerio de Educación de la Nación - y se notificará al interesado. Se procederá de acuerdo al procedimiento para la emisión de un diploma y/o título utilizado actualmente.

El diploma y/o título con carácter de duplicado tendrá cuño en seco del símbolo de la Universidad Nacional de Luján y las mismas dimensiones que posee el título intermedio que se otorga en las Carreras de Grado y se registrará en el libro de duplicados. En el anverso se colocará la leyenda “DUPLICADO”.



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